Llevo divorciado desde Agosto de 2012 y tengo una hipoteca a nombre mío y de mi exmujer de la que ambos somos titulares.
El juzgado en Sentencia de divorcio indica que las deudas asumidas por la sociedad de gananciales serán abonadas por mitad (éste es mi caso).
Desde la fecha de divorcio llevo pagando la hipoteca solo, ya que en la vivienda reside ella con mi hijo y no quiero perder la misma.
Mi pregunta es:
Es posible poner un monitorio para tal reclamación, o existe otro procedimiento.
A espera de sus noticias les saludo atte.
Muchas gracias
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En principio lo que toca es una demanda de ejecución de sentencia, si es que en ella constan estos extremos. Si no, una demanda de liquidación de la sociedad de ganancales.
Contacte con nosotros y estudiaremos su caso. Saludos cordiales.
Buenos días,
El procedimiento que más se ajusta a la reclamación de este impago del 50% por parte de su ex-esposa sería una acción de repetición ex artículo 1.145 del Código Civil pues la hipoteca que grava la vivienda familiar no puede ser considerada como carga del matrimonio sino como deuda ganancial y, por tanto, no resulta ejecutable en un procedimiento de família.
Cualquier duda estamos a su disposición.
Un saludo,
Hola Luis,
Habría que ver qué pone la sentencia, pero lo normal es que tengas que interponer una liquidación de gananciales para recuperar el dinero.
Un saludo,
Cristina Cáffaro
Buenos días, le informamos que si desea que valoremos su caso con detalle, en Bufete Alberto Picón somos expertos en civil, mercantil y penal, siendo especialistas en derecho del consumidor y bancario y nuevas tecnologías, protección de datos y propiedad intelectual, estaremos encantados de atenderle.
Buenas Tardes Luis, le informamos que deberá instar demanda de ejecución de sentencia y liquidar la sociedad de gananciales. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia y Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Hace tiempo que la obligación de pago de la hipoteca no se refleja en las sentencias, desde la sentencia dictada por el Tribunal Supremo al respecto, debiendo instar la liquidación del régimen matrimonial.
si en su caso si se refiere en la sentencia, tiene dos opciones:
a) interponer demanda ejecutiva por los meses que no ha pagado, y asegurar el resto de los meses mediante el embargo de la nómina
b) instar la liquidación de la sociedad de gananciales, teniendo en cuenta el crédito a su favor frente a su ex, y dependiendo del estado de la deuda hipotecaria, podría llegar a resultarle ventajoso.
Si desea desarrollar esta información no dude en ponerse en contacto con este despacho, sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Buenos días, le informamos que si desea que valoremos su caso con detalle, en Bufete Alberto Picón somos expertos en civil, mercantil y penal, siendo especialistas en derecho del consumidor y bancario y nuevas tecnologías, protección de datos y propiedad intelectual, estaremos encantados de atenderle.