Mi nombre es Carlos, tengo un problema laboral por continuos retrasos en el cobro de mi salario por parte de la empresa para la que trabajo, desde hace mas de 2 años percibo mi salario con retrasos que van en aumento cada mes y me gustaria saber si dadas mis condiciones puedo tramitar con exito la extincion del contrato con derecho a indemnización.
Los retrasos de mi salario llevan mas de 24 meses, cuando comence a trabajar estos pagos rondaban del 1 al 5 hasta que comenzaron los retrasos, siendo hoy dia 22 y aun no he cobrado el salario, llevo 8 años en la empresa.
Estas son las ultimas fechas de cobro de mi salario: 08/06/2016, 13/07/2016, 09/08/2016, 16/09/2016, 11/10/2016, 16/11/2016, 13/12/2016, 11/01/2017, 20/02/2017, 20/03/2017, 18/04/2017, 16/05/2017, 19/06/2017, 19/07/2017 y hoy 22/08/2017 aun no he cobrado.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Soy de la comunidad Valenciana.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Buenos Días Carlos, le informamos que debe usted instar en primer lugar por los incumplimientos de pago reiterados de la empresa, papeleta de conciliación ante el SMAC y en el caso de no existir avenencia por parte de la empresa y abonarle su salario, instar demanda solicitando la extinción de su relación laboral por incumplimiento grave del empresario con derecho a indemnización.
Los retrasos reiterados en el cobro de los salarios le facultan para solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a la misma indemnización que se estipula para los casos de despido improcedente (45 días de salario por año de servicio desde la fecha de alta hasta el 11/02/12 y 33 días desde el 12/02/12 hasta la fecha de extinción de la relación laboral). Lo primero que debe de hacer es interponer una demanda ante el SMAC, si no hay acuerdo, debe interponer una demanda ante el juzgado, indicando como medidas cautelares que se le faculte para no acudir a su puesto de trabajo alegando como causa justa vulneración a su dignidad, falta de oportunidades laborales e imposibilidad de dar sustento a usted y/o su familia ante la falta de ingresos. La jurisprudencia es unánime en estos casos por lo que al día siguiente de haber interpuesto la demanda ante el Juzgado (no ante el Smac), puede dejar de acudir a su puesto de trabajo.
No dude en contactar con nosotros para solicitar presupuesto para la defensa de sus intereses.
Hola Carlos,
dado el promedio de retraso que ha hecho constar, no dude que el Juez/a extinguirá la relación laboral con derecho a indemnización.. No obstante advertirle que hasta que no se celebre el juicio, no podrá dejar la empresa.
Quedamos a su completa disposición para llevar su procedimiento con la máxima celeridad si así nos lo requiere.