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Buenos días:
Se necesita capacidad jurídica y de obrar para poder demandar a alguien, salvo en determinados asunto relacionados con materias de Familia y derechos del Menor.
Dependería del caso en concreto, o necesitaría a las personas procesales necesarias para poder realizarla.
Saludos
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4 respuestas
Buenas tardes:
Cualquier acción judicial tiene de un menor de edad tiene hacerla el padre, madre o tutor
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Un menor no puede por si mismo demandar a su hermana porque carece de capacidad procesal para poder comparecer en Juicio, necesita estar representado por un tercero, que pueden ser los padres, tutores o, en su caso, si no tiene a nadie, el Juez le nombrará un defensor judicial que asuma su representación o defensa y, mientras tanto, asume su representación el Ministerio Fiscal.
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Los menores de edad tienen capacidad para ser parte en un proceso porque son titulares de derechos y obligaciones, no obstante deberán ejercer esta capacidades asistidos por un representante legal.
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Si, a través de sus padres o tutores
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