Sustitución de penas

Realizada por Miguel angel. 5 mar 2015

Tengo firmadas dos conformidades por impago de pensiones uno de tres meses de trabajos en beneficio a la comunidad (que estoy cumpliendo) y tengo otra de 7 meses por cumplir y me constan en antecedentes penales por otro lado una persona que me debe 160000€ a mi empresa que tuve que cerrar por varios impagos que tuve.


Fui a verle para exigirle el pago ya que no puedo pagar ni la pensión a mi hijo ya que en la actualidad no tengo ningún ingreso. Él va y me denuncia diciendo que me presenté en su oficina, que casualmente es también su vivienda, y que por la fuerza le pegué y le robé un móvil y 500 euros, lo cual es mentira.


Todavía tiene que celebrarse el juicio ya que se ha suspendido el juicio hasta dentro de 3 meses pero me acusan de robo en vivienda habitada y son mínimo de 2 a 5 años. Me han ofrecido que me podían ofrecer acuerdo de dos años pero supongo que como tengo penales por los impagos sí ingresaría en prisión. ¿En caso que me condenaran podría solicitar alguna medida para no entrar en prisión?

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Si se produce condena por estos últimos hechos y los antecedentes penales no han sido cancelados o no son cancelables no tendría acceso a la suspensión de la pena. Si la pena impuesta supera los dos años de privación de libertad (salvo los supuestos excepcionales previstos legalmente) no sería susceptible de cancelación.

Pascual Alquézar Oliete Abogado en Tarragona

148 respuestas

92 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Según el art. 81 CP, una de las condiciones para la suspensión de la pena de prisión, además de que ésta no supere los dos años de prisión, y que se hayan pagado las responsabilidades civiles (aunque en este último punto se hace de más y de menos), es que se trate de un delincuente primario (que sea su primer delito de carácter doloso), por lo que la cosa está complicada para pedir la suspensión. Entiendo que en este supuesto, y para el caso de que finalmente fuera condenado, habría que entrar por la sustitución de la pena del art. 88 CP.


Vanessa Morillas
Abogada

Vanessa Morillas Gándara Abogado en Barcelona

219 respuestas

216 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días Miguel Ángel. Si bien es cierto que la situación que nos expone es complicada, en el supuesto de que saliera condenado, la única opción posible sería solicitar la suspensión de la pena, por adicción a estupefacientes o consumo de bebidas alcohólicas, y además poder acreditar dicha adicción. Aún así, no podemos olvidar que para este caso tendría que celebrarse el juicio y salir condenado. Si lo desea, no dude en ponerse en contacto con nosotros, a fin de valorar las pruebas y ofrecerle una defensa conforme a derecho. Un saludo

Sedemo Abogados Abogado en Sevilla

56 respuestas

110 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días Miguel Angel,
La situación a la que se enfrenta si bien es complicada, siempre hay posibilidades de ingresar en prisión, como solicitar sustitución de penas o solicitar un indulto. Si desea que le asesoremos al respecto estaremos encantados.
Un saludo,
Gordillo-Rubio Abogados

Gordillo-Rubio, Almunia y Cavero Abogados Abogado en Madrid

39 respuestas

12 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días:
La condena por robo con violencia en casa habitada es de 3 años y medio a 5 años, por lo que un acuerdo de dos es inviable, la suspensión tampoco es viable puesto que hay antecedentes y la sustitución tampoco porque la condena es superior a un año.
Lo único que se podría hacer es buscar atenuantes, y aunque encontrara dos que sería lo que podría bajarle la pena por debajo de los 2 años, nunca sería inferior a un año. Tendrían que reconocerle una adicción a sustancias estupefacientes en tratamiento con papeles de centro acreditado al efecto para intentar pedirle una sustitución por el art. 87. Si tampoco pudiera darse el caso, lamentó decirle que tendría que entrar en prisión

María del Mar Jiménez Sánchez Abogado en Córdoba

10 respuestas

15 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas Tardes, en relación con la consulta que nos realiza, le aconsejamos que dada la situación que tiene ud solicite abogado de oficio dado que el delito al que se enfrenta podría conllevarle pena de prision. Si deseara que le defendamos en nuestro despacho de abogados particular, le daremos facilidades. En caso contrario le deseamos mucha suerte.

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2200 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 10750

abogados

preguntas 32600

preguntas

respuestas 62700

respuestas