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En principio una grabación de voz o imagen es válida en un juicio que supongo que será penal, pero tiene que estar obtenida cumpliendo una serie de garantías.
Además la prueba debe proponerse en un momento oportuno, pues sino la parte contraria puede alegar indefensión.
Si se pide en un momento oportuno y la prueba ha sido obtenida lícitamente el juez valorará si la prueba es importante para valorar los hechos, pues si no lo es puede decir que es innecesaria o improcedente.
De todos modos, si se cumplen todos los requisitos y no obstante se deniega, siempre se puede recurrir la resolución en que se deniegue o si ha sido en el juicio protestar para luego recurrir en base a esa denegación.
Saludos,
Mónica Pinedo.
Abogada de Pinedo Despacho Abogad@s.
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1 respuesta
Por favor, tiene que indicar algún dato más, qué tipo de grabación, y si estaba autorizada la grabación por la otra persona implicada.
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