¿Te pueden despedir estando de baja por un infarto de miocardio?
El trabajador está causando baja desde hace 2 meses. el contrato es de media jornada. Comunidad Autónoma Cataluña
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Ese despido sera improcedente y el trabajador tiene derecho a cobrar la indemnización legal o a que le readmitan, siendo el empresario quien opta entre readmitir o pagar la indemnización. Para ello, hay que interponer una demanda frente a ese despido en un plazo de 20 dias. UGARTE ABOGADO
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Es perfectamente posible que la empresa despida a un trabajador en IT. Saludos
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En cualquier momento te pueden despedir, incluso estando de baja; sin embargo, en este caso, y si el contrato es indefinido y jornada laboral completa, te aconsejo formules reclamación por despido improcedente para cobrar indemnización correspondiente.
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En principio no sería legal, pero tendríamos que estudiar su caso adecuadamente y detalladamente, necesitaríamos que nos solicitara una consulta para resolver su caso más concretamente y adecuadamente.
Gracias, un saludo
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Buenos días Ana,
La verdad es que el tema que usted plantea es un tema bastante complejo.
En principio, y de conformidad con lo previsto en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, las ausencias por enfermedad, aun justificadas, pueden constituir, en determinadas condiciones, causa lícita de despido en atención al interés de la empresa.
No obstante, tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional, consideran nulo el despido de un trabajador por enfermedad cuando la misma no lo incapacita para desarrollar su trabajo, y se despide al trabajador por el mero hecho de estar enfermo o por tener una enfermedad que socialmente se considere un estigma, por constituir un factor de discriminación.
Para cualquier cuestión, quedamos a su disposición.
Atentamente,
Raquel Padín
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Te pueden despedir en cualquier momento independientemente de la causa de baja o tipo de contrato que tengas. Lo único que varía es la indemnización que te tienen que pagar, que estando de baja es un despido improcedente y hay que indemnizarlo como tal. A menos que sea un contrato de obra con fecha de fin y el fin tenga lugar durante la baja.
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