Tenemos que cobrar un crédito reconocido por el Adm Concursal y Juzgado
Una vez reconocidos los créditos atendiendo a la nueva Ley Concursal, queremos saber los pasos a seguir para cobrar, y si podemos llegar a un acuerdo particular con el deudor.
Una vez reconocidos los créditos atendiendo a la nueva Ley Concursal, queremos saber los pasos a seguir para cobrar, y si podemos llegar a un acuerdo particular con el deudor.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Muchas gracias por tu información.
Se trata de un caso en Madrid y que necesitamos saber qué pasos se tienen que dar para poder cobrar el crédito, si se celebra la Junta, como se establece ésta, en fin los trámites hasta llegar a cobrar el crédito.
Muchas gracias.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
"Una vez reconocidos los créditos atendiendo a la nueva Ley Concursal, queremos saber los pasos a seguir para cobrar".
El administrador concursal será el encargado de satisfacer los créditos reconocidos en su informe. El pago se hará en atención a la clasificación del crédito y en función del activo.
"Si podemos llegar a un acuerdo particular con el deudor."
No se puede llegar a acuerdos particulares con el deudor. La ley concursal se basa en la igualdad de condiciones de los acreedores.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.
abogados
preguntas
respuestas