Soy Susana, hago la consulta desde España (Valencia), acabo de ver la sentencia del Tribunal supremo por los gastos se hipoteca 705/2015 del 23 de Diciembre. En unas semanas voy a formalizar una hipoteca y quería saber si hay alguna posibilidad de que ellos paguen los gastos o tengo que pagarlos yo y esperar a que me los devuelvan o si hay algún tipo de información más al respecto.
Muchas gracias!
Saludos.
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Estimada Susana: Debe distinguir entre los gastos de la compraventa (que debe abonar usted) y los gastos de la hipoteca (que los debe de abonar el banco). En este sentido el banco debe abonar los gastos de notario, registro y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Si desea que negociemos con su banco no dude en ponerse en contacto con nosotros. Un cordial saludo.
Estimada consultante:
Efectivamente, la Sentencia del Alto Tribunal estableció, para el caso de BBVA, que la cláusula que imponía la obligación de que el deudor hipotecario abonara la totalidad de los gastos es abusiva.
El problema es que su entidad, casi con total seguridad, le va a decir que esa son las condiciones, que o las toma o las deja. Ud. tiene varias opciones, dependiendo de lo que necesite ese préstamo. Lo idóneo sería que la entidad se aviniera a abonar al menos el 50% de los gastos, pues lo que en el peor de los casos dirán algunos tribunales.
En su lugar, yo intentaría negociar. Si finalmente no se avienen, la opción que le queda es pagar ahora y demandar después.
Si desea más información, no dude en contactar.