Tengo un coche que no pago desde hace 7 años. ¿Qué puedo hacer?

Realizada por Jorge. 30 ene 2017

Compre un coche y me quede sin trabajo y ya no he podido pagarlo porque trabajaba 2 o 3 días a la semana...hace 7 años q no pago nada y estoy embargado y en la lista de morosos.q tengo hacer o q pasara en este caso conmigo? Lo compre de un concesionario y me lo han financiado su financiera sin aval solo con el contrato fijo q tenia entonces. Mis padres compraron una casa y esta la mitad en my nombre. Puede embargarle la casa de mis padres por tener 50% de la casa en my nombre? Gracias

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Distinguido SR.: Entiendo que en estos momentos se encuentra en una situación económica critica que le impide hacer frente a las deudas que menciona viéndose agravada la misma con el embargo de sus bienes y derechos. Si ese es su caso, desde nuestro Despacho le proponemos se acoja a la Ley de Segunda Oportunidad que le puede permitir reducir sus deudas o incluso la cancelación total de las mismas. Para ello necesitamos hacer un estudio de su situación crediticia con objeto de valorar si se puede acoger a dicha Ley, con la que podrá renegociar su deuda con sus acreedores o incluso su cancelación parcial o total. No dude en ponerse en contacto con nosotros y le informaremos de todos los detalles. Gracias.

JJ Moll Advocats / Abogados Abogado en Lleida

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Estimado consultante: el embargo es uuna medida cautelar que se ejecuta sobre una propiedad para cubrir una deuda que no ha sido liquidada.
Si la persona que adquirió la deuda no la liquida en los plazos acordados, el acreedor está en su derecho de reclamarla, algo no conveniente para el deudor porque le genera otros cargos por cuestión de intereses de demora y reclamación de deuda, además tendrá que pagar los gastos originados por notificaciones y demás operaciones que la entidad financiera haya realizado como consecuencia del impago.
En su caso, la financiera puede embargar la mitad de la casa a su nombre.
El art. 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece el orden de embargo de bienes.
Para cualquier duda, consulta, información no dude en contactar con nosotros.

Pilar Merchán Abogado en Zamora

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Estimado consultante: el embargo es una medida cautelar que se ejecuta sobre una propiedad para cubrir una deuda que no ha sido liquidada.
Si la persona que adquirió la deuda no la liquida en los plazos acordados, el acreedor está en su derecho de reclamarla, algo no conveniente para el deudor porque le genera otros cargos por cuestión de intereses de demora y reclamación de deuda,además de abonar los gastos originados por notificaciones y demás operaciones que la entidad financiera haya realizado como consecuencia del impago.
En su caso,pueden embargar la mitad de la vivienda que tiene a su nombre.
El art. 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece el orden de embargo de los bienes.
Para cualquier duda, consulta, información no dude en ponerse en contacto conmigo.

Pilar Merchán Abogado en Zamora

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Estimado consultante: el embargo es una medida cautelar que se ejecuta sobre una propiedad para cubrir una deuda que no ha sido liquidada. Si la persona que adquirió la deuda no la liquida en los plazos acordados,el acreedor está en su derecho de reclamarla,algo no conveniente para el deudor porque le genera otros cargos por cuestión de intereses de demora y reclamación de deuda,además de gastos originados por notificaciones y demás operaciones que la entidad financiera haya realizado como consecuencia del impago.
En su caso, el acreedor,la financiera puede embargar la mitad de la casa que se encuentra a su nombre.
El art. 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece el orden de embargo de bienes.
Para cualquier duda,consulta,información no dude en dirigirse a mi.

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