Tengo un piso alquilado de renta antigua pero no viven en él, ¿puedo sacarlos?
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Puede presentar una demanda para resolver el contrato, por falta de uso; pero tenga en cuenta, que tiene que contar con pruebas: vecinos que sepan que no vive nadie en el piso, recibos de consumos: luz y agua...
Inténtelo primero por las buenas, enviándoles un burofax, si sabe su domicilio.
Un saludo
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Buenas tardes
La regulación de los arrendamiento de renta antigua depende de cuando se firmaron.
Si es posterior a LAU de 1964, se aplicará lo dispuesto en ella y las causas vienen establecidas en el art. 62 de la misma ley que permite su rescisión entre otras, por no estar ocupado mas de 6 meses en el curso de un año.
Espero que la respuesta haya sido de su utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.
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Hay que mirar bien el caso, no obstante podría interponer demanda alegando falta de uso, entendiendo que la vivienda ya no es vivienda principal.
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Buenos días,
Usted podrá interponer un desahucio por falta de uso si los inquilinos no residen en la vivienda, entendiéndose que no procede la prórroga forzosa cuando no se hace uso de la vivienda durante un plazo igual o superior a 6 meses. Así pues, tendrá que acreditar dicho extremo; es decir, que la vivienda lleva desocupada al menos 6 meses.
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