Este terreno tiene una casa de dos plantas a la izquierda y a la derecha otra similar.
Mi pregunta es, ¿puedo yo también? Dejando los metros necesarios construir una casa similar a las que ya hay, aunque el terreno sea urbano no consolidado.
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Buenos Días Beatriz, le informamos que si desea que valoremos su caso con detalle así como las escrituras de compraventa del solar, normativa urbanística aplicable, en Grech Abogados somos expertos en Urbanismo ( Administrativo y Contencioso Administrativo, venga a vernos o escribanos, nos movemos a nivel nacional, estaremos encantados de atenderle!
A grandes rasgos y en función de la norma aplicable (particular en cada Comunidad Autónoma, pero sustancialmente similar), la respuesta es afirmativa, siempre que, previamente, la finca haya devenido solar, es decir, que el propietario haya cumplido con las correspondientes obligaciones urbanísticas (finalizar la urbanización, cesión de suelo, etc.).
Todo ello, claro está, siempre que, además y en el supuesto de que, una vez cumplidas tales obligaciones, el solar resultare edificable de acuerdo con las demás determinaciones urbanísticas fijadas en el planeamiento (superfície mínim, fachada, etc.).
Para cualquier precisión al respecto, no dude en contactarme.