Tengo una niña de 4 meses. Mi ex pareja, cuando estaba embarazada de 5 meses, me echó de su casa donde él no paga alquiler puesto que la casa es de sus padres.
Yo tuve que buscarme la vida quedándome en casa de una amiga porque no tengo trabajo. Al final cuándo nació mi niña volví a casa de mis padres y aquí sigo desde que ella nació.
Mi pregunta es, ¿él tiene que pagarme mitad de un alquiler? Nunca me ha pasado nada por la niña y su nómina es de 1400€, ¿cuánto tendría que darme aproximadamente? Tengo que irme de casa de mis padres y estoy sin trabajo todavía. Todas las semanas viene a verla y nunca se lo he negado
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Su expareja tiene obligación de pagar una pensión de alimentos por su hija, tanto si estaban casados como si no. La pensión tiene que ser proporcional a los ingresos del que la paga y a las necesidades de quien la recibe. Esto quiere decir que su hija tiene que llevar el mismo nivel de vida que el del progenitor obligado al pago. Además de la pensión, hay otras condiciones (régimen de visitas, custodia, etc., ) cuyos términos deberán fijar con claridad en un convenio que un juez homologará, lo cual puede hacerse de mutuo acuerdo o de forma contenciosa.
Nos ponemos a su disposición para tramitarle cuanto sea necesario. Reciba un cordial saludo.
Buenas Tardes Vanesa, le informamos que debe instar demanda de relaciones paternofiliales bien de mutuo acuerdo o contenciosa si no estaban casados o de divorcio si lo estaban, solicitando la guarda y custodia del/la menor y pensión de alimentos, régimen de visitas, etc. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Le debe pagar una pensión de alimentos por su hija. Si no estaban casados, deben adoptar medidas paterno filiales, de mutuo acuerdo o de forma contenciosa. Si es de mutuo acuerdo, deben firmar previamente un convenio regulador en el que se prevén, entre otras cosas, el régimen de guarda y custodia y las visitas, comunicaciones y estancias con el progenitor no custodio y la pensión de alimentos.
Le saluda cordialmente, Kaiss Nwelati Artillo, abogado.
Buenos días
Evidentemente sí. El tiene que pagar una pensión de alimentos ya que usted se hace cargo de la hija. Hay que plantearlo o por la vía amistosa o mediante demanda.
Ignacio Tomás
Abogado
Puede usted ,de común acuerdo con el padre, regulara la situación de la menor, estableciendo alimentos, régimen de visitas etc.
También puede usted, si no se ponen de acuerdo, solicitar alimentos para la niña,así como custodia para usted o compartida etc,.
Lo mas aconsejable es que se asesore de un abogado de su confianza o solicite uno de oficio en el colegio de abogados de su ciudad.
Atte
Carmen abogada de Málaga
Si su pareja tiene reconocida la paternidad del menor, debe tener derecho a un régimen de visitas y a pasar una pensión de alimentos. Y dependiendo vuestra situación, incluso a pasarle a Ud. una pensión compensatoria.
Necesitamos más información sobre vuestra situación para poder darle una respuesta más concreta.
Nos encargamos de todo.
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Dolorier & Asociados Abogados
Abogados y Asesores Fiscal, Contable y Laboral
Madrid