Tributo dación en pago
Mis padres han dado un local comercial en dación de pago. El Ayuntamiento les pide una plusvalía de 3000e. Son pensionistas, ¿deben pagar ese tributo? Muchas gracias.
Mis padres han dado un local comercial en dación de pago. El Ayuntamiento les pide una plusvalía de 3000e. Son pensionistas, ¿deben pagar ese tributo? Muchas gracias.
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Con las últimas reformas legislativas, la plusvalía derivada de la dación en pago está exenta, pero la exención se limita a la vivienda habitual y será aplicable siempre y cuando el contribuyente no disponga de otros bienes para afrontar el pago de la totalidad de la deuda.
Tratándose de un local de negocio, no podría aplicarse dicha exención. Otra cosa diferente es que una vez hagan efectiva la plusvalía, interpongan la correspondiente reclamación ante el Ayuntamiento y si se les desestima acudan a la jurisdicción contencioso administrativa, a fin de acreditar que en la operación no ha existido un incremento en el valor del inmueble que es en definitiva lo que grava el impuesto de plusvalía.
Un saludo,
Gema Calahorra Brumós
Abogada Zaragoza
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