¿Un documento firmado por ambas partes tiene validez?
Realizada por katty. 13 nov 2014
Soy consultora Unique y vendo los productos por catálogo, y hay clientes que quieren que les dejen crédito y me ha pasado una vez que desaparecen, no me pagan y quiero realizar un documento en el que se comprometen a cancelar hasta una fecha y hacerlo firmar y con su huella, ¿tendrá validez?
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Los contratos privados tienen la misma validez que cualquier otro contrato
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Gracias por sus comentarios, me sirvió de mucho y aclaró mi duda, ¿me podrían ayudar cómo redactar correctamente un documento para poder firmarlo por mis clientes? ¿Alguna plantilla? Le agradecería.
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Buenos días,
Si firman un documento por ambas partes, en caso de impago podrá reclamar vía judicial. De, elevarlo a escritura pública ante notario, tiene una ventaja que es que tendría un título ejecutivo, de forma que, si incumplen, podrá presentar ante el Juzgado una demanda ejecutiva, con lo que podría solicitar el cobro sin juicio previo y, si es necesario, por medio de embargos, lo cual es una gran ventaja.
Debes tener un documento donde se regulen las condiciones de pago, calidades, vencimientos etc. Dicho documento deben estar firmados por ambas partes y tiene plena validez para reclamaciones ante los juzgados. La huella la veo innecesaria y podría espantarte los clientes.
Lo que necesitas es un documento de reconocimiento de deuda. Se trata de un acuerdo donde podrías establecer las garantías de cobro que necesites incluso personales, para que responda solidariamente junto con el deudor otra persona. Este documento tiene plena validez. En caso de impago de la cantidad reconocida, si no se hace en documento público no puede ejecutarse directamente, pero sí se podrá ir al procedimiento declarativo correspondiente, que será normalmente el Verbal (puesto que este es el procedimiento que corresponde a las cantidades menores de 6.000 euros). También podría interponer un Monitorio. Si el reconocimiento lo hicieras en escritura pública se podría instar un procedimiento de Ejecución de Títulos no Judiciales.
Debes tener en cuenta que en los procedimientos cuya cantidad sea hasta 2.000 euros no hace falta abogado ni procurador.
Podría redactarle este documento si lo desea. Quedo a su disposición para cualquier aclaración o duda. Un saludo.