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Siempre y cuando quiera que tenga efectos legales y sea exigible, sí, es imprescindible. Si carecen de medios económicos pueden solicitar asistencia jurídica gratuita.
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5 respuestas
Hola, ¿se refiere a una modificación en tema de familia? Por favor, ¡precise! Saludos.
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Laura,
con los datos que nos proporcionas no podemos darte una respuesta adecuada. Solo decirte que toda "modificacion judicial" o modificacion de acuerdos o decisiones que se hayan tomado ante su Señoría obviamente, para que tengan validez juridica, se deberán realizar ante el Juzgado. Un saludo.
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Si la modificación es "judicial", la misma palabra ya expresa que es un cambio que ha sido aprobado por un Juez. Un saludo.
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Así es, la modificación de medidas (entendemos que este es el caso) debe realizarse siempre a través del Juzgado.
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Si a lo que se refiere es a una modificación de medidas posteriores a un proceso de separación o divorcio, efectivamente, hasta que se apruebe una nueva ley que permite hacerlo ante notario, es así. Lo que ocurre es que, como siempre, el procedimiento será mucho más rápido si hay acuerdo.
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