Uso y disfrute y reparto de alquileres
Buenos días, hace 10 años que tengo uso y disfrute de una vivienda en Barcelona según sentencia de divorcio, mi ex esposa dejó por voluntad propia el domicilio conyugal y se fue a vivir a Tarragona, somos copropietarios al 50% hasta que se venda. Ella desde que se fue no satisface ninguna cuota del 50% que le corresponde del importe de la hipoteca y yo me hago cargo de ellas por completo desde hace 10 años, como ayuda al pago de estas cuotas algunas veces he alquilado la vivienda temporalmente aprovechando ausencias por trabajo, por semana, o algunos días mas y eventualmente durante mis ausencias.
¿Cómo se computa dicho alquiler? ¿A ella le corresponde el 50%, o en tal caso su 50% se computa como pago de cuota de hipoteca a su favor? ¿O me corresponde solo a mí el ingreso percibido? El hecho que ella no haya satisfecho nunca su parte del 50% de cuota de hipoteca según sentencia de divorcio en la que indica expresamente que cada parte debe satisfacer el 50% de la cuota, puedo reclamárselo? En tal caso, ¿de los ingresos percibidos por alquileres eventuales durante estos años o los futuros deberían ser compartidos?
Me respondieron a esta pregunta días atrás, diciéndome que a mí me corresponden los ingresos de alquileres sin tener que pasar cuentas con ella por tener el uso y disfrute, y además puedo reclamarle el pago de su 50% de las cuotas de hipoteca que nunca ha satisfecho, ¿es así? Porque su abogado me comunica que a ella como copropietaria le corresponde la mitad de los alquileres que se generen, y debo entregar detalle de lo percibido, y creo que es un intento de "meter mano" a ver si "cuela". ¿Me lo pueden clarificar? Muchas gracias