Venta vehiculo, avería

Realizada por Maria. 6 feb 2017 Defensa consumidor

Buenas tardes.

Os escribo para haceros una consulta sobre un vehículo que he vendido por 1200€ y al que posteriormente se le ha averiado el alternador (200€).

Cuando vendí el coche no sabía el estado del alternador, pero ahora el comprador me reclama parte de la reparación.

He leído diferentes informaciones y no sé si tengo obligación legal de pagar el arreglo ya que en el momento de la venta el coche funcionaba perfectamente y ha sido posterior al uso el fallo que ha presentado. En la factura del arreglo pone claramente que se ha sustituido el alternador por desgaste.

También os comento que le hice una rebaja del vehículo de 200€ y que firmamos un contrato de compraventa al uso, sacado de internet.

Muchas gracias de antemano.

Un saludo

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Hola María, en principio
la garantía entre particulares es de seis meses, pero que muy pocas veces se puede llevar acabo dado la dificultad en demostrar con pruebas, que el anterior propietario ya era consciente de la avería oculta.
Esta garantía no incluye, como en el caso de los productos nuevos, la posibilidad de sustituir el producto por otro de características parecidas, si tuviese algún fallo o hubiese disconformidad; únicamente se contempla la opción de repararlo o rebajar el precio.
En tu caso parece que todo esto ya se hizo y además consta cambiada esa pieza (alternador) lo que me lleva a pensar que la garantía la tienes respecto del taller o fabricante que te puso esa pieza, y será al que le podéis pedir responsabilidades.
El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, aunque los ignorase. Salvo que, se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos de lo vendido”.

Espero haberte ayudado.
Un cordial saludo.

Pinilla & Abogados Abogado en Bilbao

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Estimada consultante:
Entiendo que si es una avería debida al uso, el importe de la reparación deberá ser abonado por el comprador. Ud. entregó un vehículo en funcionamiento. El comprador podría haber ido a un taller para una inspección y a lo mejor le hubieran indicado que el alternador estaba próximo a expirar. Si no lo hizo, es responsabilidad del mismo pagar con las consecuencias.
Además si Ud. accediese al pago, si dentro de una semana aparece otra avería, me temo que vendría a reclamarle de nuevo.
Por supuesto, si Ud. hubiera tenido conocimiento del problema en el momento de la venta tendría que abonar no el 50% si no el total.
Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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