Mi pregunta es, ¿la venta de la vivienda es en gananciales o privativo?
Vivienda contrato de compra en 1996 entregada en 1999 antes del matrimonio, yo realice muchos más pagos con dinero entregado por mis padres y yo trabajaba, , ella no trabajaba, en 1999 nos casamos. Se termino de pagar en 2001, la casa completamente amueblada. En 2010 nos divorciamos con sentencia judicial, en 2014 pedí la custodia compartida y no me la dieron pero el juez fijo que el 31 de Agosto de 2015, mi ex mujer tiene que abandonar la vivienda y hay que venderla para liquidar.
Me ha venido mi ex mujer a ofrecerme que compra mi parte pero como privativo, no como ganancial. Algo se me escapa por que ella no es tonta y trama algo.
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Todos los pagos efectuados de solteros implican caracter privativo y los efectuados ya casados se imputan a la sociedad de gananciales. Una vez determinado cual es el porcentaje que corresponde ( que por lo que usted cuenta no es la mitad para cada uno) no habria problema . Se liquidaria la sociedad de gananciales en función de esos porcentajes.
Aunque me faltaría algún dato, entiendo de lo que explica que Udes. se han divorciado, pero no han hecho la liquidación de lo que se llama su régimen económico matrimonial (su patrimonio común como matrimonio). Por este motivo, lo que ella quiere es comprar la vivienda de manera que sea ella la única propietaria y no en ganancial (como si aún estuvieran casados), pues ello implicaría interponer un nuevo juicio para liquidar el patrimonio. De lo que Ud. explica no veo inconveniente en lo que ella pide, pues a Ud. no le perjudica; simplemente les facilita y simplifica los trámites.