Despido objetivo o improcedente

Realizada por aitor. 27 ene 2017 Despidos

Buenos días.

El lunes pasado me indicaron mediante una carta de despedido que me rescindían el contrato a día 1 de febrero de 2017. En la misma no se indicaba el motivo del despido. Indicaban que se ponían a mi disposición todos los documentos para el paro y los datos económicos del despido. A pesar de esto, no me entregaron nada, y tras reclamarlos, me dicen que están en ello. Me gustaría saber si esto se trata de una negligencia por parte de la empresa y si por estos motivos se podría declarar el despido como improcedente. Muchas gracias y un saludo.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenas Tardes Aitor, le informamos que la empresa debe establecer en la carta de despido los motivos y estar justificado, de lo contrario se considera improcedente y para ello dispone de 20 días hábiles siguientes para interponer papeleta de conciliación y luego demanda ante el Juzgado de lo Social. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Laboral, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2200 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días Aitor. Por lo que indicas en tu consulta, parece que sí se puede reclamar el despido improcedente. Debes saber que cuentas con 20 días de plazo. No obstante, es importante examinar la comunicación así como otra serie de documentos, para comprobar si puedes reclamar también algo de salario. Si quieres, puedes concertar una visita al despacho para que analicemos tu caso debidamente. Un saludo

Relanzón Abogados Abogado en Majadahonda

50 respuestas

13 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Evidentemente es causa para la determinación de un despido improcedente. Lo importante a saber es que sólo dispones de 20 días hábiles para presentar una Papeleta de Conciliación ante el órgano de arbitraje de tu comunidad autónoma. Te recomendamos que la presentes cuanto antes y no agotes los plazos, pues una vez celebrado el acto de conciliación, si no hay avenencia, solo dispondrás del resto de días no agotados de los citados 20 días para interponer la demanda ante los Juzgados de lo Social.

FILEX Abogados - Expertos internacionales en leyes. Abogado en Almería

93 respuestas

116 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Tienes plazo de 20 días así que mucho cuidado contacta con un abogado, si eres de Cantabria yo puedo ayudarte

Rosa María Fernández López Abogado en Santander

3 respuestas

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Despidos

Ver más abogados especializados en Despidos

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 10750

abogados

preguntas 32600

preguntas

respuestas 62700

respuestas