Despido tras baja laboral por depresión

Realizada por Alberto F. 2 oct 2017 Despidos

Estoy de baja por ansiedad y depresión desde hace 3 meses, debido al acoso laboral que he recibido durante los dos últimos años.

Dicho acoso fue notificado a la empresa, pero sólo me ofrecieron sacarme de esa oficina, pero continuar bajo el mando de las mismas personas.

No tengo pruebas que pueda presentar, pero ya no quiero seguir trabajando allí. No me he sentido justamente tratado. Hay alguna manera de negociar un despido con ellos? se trata de una empresa multinacional. Yo sólo quiero irme y olvidar este lugar. Llevo casi 20 años trabajando allí.

Muchas gracias.

Alberto.

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Hola Alberto,
por lo que indica podría presentarse una solicitud de extinción de contrato con arreglo a indemnización por despido improcedente. Esa seria una buena manera de evitar que extinga Ud la relación laboral unilateralmente y crear una posiblidad de llegar a un acuerdo con ellos.
Quedamos a su completa disposición para asesorarle en lo que precise.

Abogado Laboral y Seguridad Social Martínez & Asociados Abogado en Cambrils

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Buenos días,

Lógicamente para poder extinguir el contrato laboral con derecho a la màxima indemnización , debe existir y probarse , aunque sea cuanto menos de manera indiciaria , que existen los motivos que alegas .

Por lo que explica seguramente la empresa quiera prescindir de sus servicios pero por el momento no está dispuesta a pagar la màxima indemnnización . Cualquier medio de prueba puede ser valido: testigos, videos, documentos . etc, siempre y cuanto aporten credibilidad a lo que se alega .

En caso de no ser posible , es conveniente tratar de "forzar" la resolución del contrato de mutuo acuerdo, con derecho a una indemnización que por supuesto no será la màxima legal , pero que posiblemente contentará parcialmente a las 2 partes . Para ello, si no es posible la comunicación trabajador/empresa, lo lógico seria iniciar una reclamación ante el Servicio de Conciliaciones Laborales de su CCAA, a fin de dar el primer paso de un eventual acuerdo .

Saludos.

Antoni

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¡Hola!

Efectivamente, en un caso de mobbing es necesario que la parte demandante aporte pruebas que acrediten la existencia de la conducta constitutiva de acoso.

Sin embargo, es posible que si se aportan indicios y pruebas de las consecuencias de ese acoso, se pueda obtener la extinción del contrato de trabajo por incumplimiento graves de la empresa, al no haber garantizado un protección eficaz en materia de salud al trabajador.

Y, por mi experiencia, sobre todo en empresas grandes, no les interesa que un trabajador que les ha demandado por mobbing vuelva a su puesto de trabajo. Por tanto, la viabilidad o no de conseguir la extinción indemnizada es muy relativa, ya que depende de muchos factores que deberíamos analizar.

Marben Abogados Abogado en Barcelona

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Buenas Tardes Alberto, si existen pruebas de incumplimiento grave de la empresa podrá extinguir su contrato con derecho a indemnización. Si no las tiene deberá tratar de llegar a un acuerdo con la empresa.

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Estimado Alberto una rescisión del contrato laboral por motivo de acoso o moving debe de estar debidamente probado, debe ser público y notorio para poder tener derecho a una indemnización. Si por otro lado quieres negociar la baja con una negociación debes pactar por escrito que no sea voluntaria para obtener una indemnización, los motivos podrían ser por cuestiones técnicas o de la producción que la empresa se vea en la necesidad de residir el personal. Un saludo, Lic. Rebeca Pérez Ramos, Abogada.

Anónimo-322753 Abogado en Sevilla

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Buenos días, para extinguir el contrato por causa imputable a la empresa con derecho a indemnización necesitas aportar alguna prueba o indicio, aunque sea mínimo, de que existe ese acoso o moving no es suficiente afirmarlo sin más, otra cosa es reclamar como estrategia para abrir una vía de negociación para una resolución pactada e indemnizada

Juan Feliu Abogado Abogado en Palma de Mallorca

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