Duda sobre mi convenio
Buenas tardes, resulta que el dia 25 de Enero sufrí un recaida de un ICTUS previo, me hospitalizaron durante 15 dias y le comunique a la empresa que según convenio tenia que pagarme la diferencia entre lo que me paga la S.S y mi salario, ellos dicen que si y me abonaron solo de los dias que estube hospitalizado, pero que el resto no me pertenecen. Yo leyendo el convenio interpreto que hasta el dia 65 me tienen que abonar la diferencia. pero ellos dicen que en otros convenio como el de seguridad se redacta de otra manera y que tal y como aparece en mi convenio solo me pertenecen los dias de hospitalización.
Artículo 19. Bajas.
a) Baja como consecuencia de accidente de trabajo:
Las empresas abonarán a los trabajadores que se hallen de baja como consecuencia de accidentes de trabajo la diferencia entre las percepciones de la seguridad social hasta alcanzar el 100 por 100 neto de los conceptos salariales, con un tope anual máximo de ciento cincuenta días al año.
b) Baja como consecuencia de enfermedad con hospitalización:
Las empresas abonarán a los trabajadores que se hallen de baja como consecuencia de enfermedad con hospitalización la diferencia entre las percepciones de la seguridad social hasta alcanzar el 100 por 100 neto de los conceptos salariales, con un tope anual máximo de sesenta días al año o setenta y cinco ininterrumpidos.
c) Baja como consecuencia de enfermedad común:
Las empresas abonarán a los trabajadores que se hallen de baja como consecuencia de enfermedad común la diferencia entre las percepciones de la seguridad social hasta alcanzar el 75 por 100 de los conceptos salariales fijos, desde el 4 día al 20, este complemento se realizará exclusivamente para la primera baja por enfermedad del año.
Podrian aclararme quien tiene razón.
Gracias de antemano.