Hola buenas tardes. Estoy de baja por enfermedad común desde diciembre y ahora en abril me dan el alta. Mi pregunta es si me corresponde cobrar la paga que tengo en junio integra. En mi convenio pone que los días en situación de incapacidad temporal se consideran como días trabajados a efectos del computo anual. Gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Le recomendamos dirigir su consulta a un experto en derecho laboral de esta plataforma.
Desconocemos el convenio al que esta acogido, pero efectivamente es la única excepción para que un trabajador cobre la paga integra, que se establezca en convenio.
Cuando no se indica, la norma general es que el trabajador no cobra el 100% de su salario sino un porcentaje sobre la base reguladora y que variará según el motivo y duración.