Persona incapacitada judicialmente
Hola, ¿puede una persona con una incapacidad a través de un sentencia firmar un contrato de hipoteca o de avalista con el banco?
Hola, ¿puede una persona con una incapacidad a través de un sentencia firmar un contrato de hipoteca o de avalista con el banco?
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Buenos días.
Si la persona ha sido incapacitada judicialmente NO podrá realizar ningún acto o contrato puesto que su capacidad de obrar ha quedado extinguida. En su nombre podría firmar la persona que haya sido designado como su tutor/a.
Cortés Ortiz Abogados.
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Buenos días!
Entiendo que se refiere a incapacidad psíquica no fisiológica.
En el primero de los casos habrá que estar a lo que fije la sentencia,en ella especificara que actos puede realizar por sí el incapacitado y cuales no, sin presencia de su tutor legal.
Para una respuesta precisa y detallada sin coste adicional para Vd.
En primera visita...
Estamos a su disposición... Para cualquier duda o cuestión de su interés.
Un cordial saludo.
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Buenas tardes,
En relacion a la pregunta solicitada debemos pronunciarnos en el sentido de que una persona incapacitada judicialmente, logicamente, no puede vender ni realizar ningun acto jurídico. Podrá firmar su tutor por el y con posterioridad dicha venta deberá ser revisada por Juzgado para que pueda ser aprobada y registrada.
No obstante, en caso de duda quedamos pendientes sus noticias.
Alejandro Moratalla Salido
Abogado
Ab
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En caso de una sentencia firme no se puede firmar.
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En el auto de incapacidad se establece las limitaciones, en todo caso, una persona incapacitada debe contar con la autorización judicial para contraer obligaciones en su patrimonio.
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Para poder responder correctamente a su consulta sería preciso ver el contenido de la Sentencia de incapacidad, para saber si se trata de una incapacidad total o parcial y, en este último caso, en qué aspectos se ve limitada la capacidad. Si la personada declarada incapaz ha firmado un contrato sin disponer de plena capacidad legal, habría que reclamar que se declare nulo ese contrato. Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición. V.VIVANCOS-ABOGADOS. BARCELONA.
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Depende del tipo de incapacidad que haya determinado el juez en la sentencia. No es lo mismo una incapacidad total que una parcial. Y dentro de la parcial hay que distinguir con claridad qué tipo de actos jurídicos se le limita la capacidad.
El presunto incapacitado puede firmar, pero si tiene limitada la capacidad el acto puede declararse nulo si ha sido firmado con posterioridad a la sentencia.
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En principio una persona incapacitada judicialmente no podria firmar dichos documentos, pero debe de estarse al contenido de la sentencia.
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En principio coincido con los compañeros, habría que ver la sentencia porque no es lo mismo una Sentencia que declara incapaz a una persona que una que declara o reconoce a una persona una incapacidad.
En el primer caso, a priori no puede contratar, aunque habría que estar a los términos de la sentencia, en el segundo supuesto no hay problemas para celebrar un contrato.
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Buenas tardes,
En relación con su consulta le comento, para saber qué contratos puede formalizar váidamente un incapaz habrá que estar a lo establecido en la sentencia de incapacitación dado que puede establecer la prohibición de realizar actos dispositivos o de graven o cualquier otra limitación como la de enajenar bienes. La sentencia establecerá si el incapacitado está sujeto a tutela o curatela y cuáles son las limitaciones en la capacidad del incapacitado.
Lo más conveniente sería ver la sentencia y anlizar el caso , por lo que le recomiendo que se ponga en contacto con un Letrado especiazado.
Un saludo,
Arboleya Fanjul Abogados
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Para responder a su pregunta habría que conocer el tipo de incapacidad o incapacitación. Si es una persona sin capacidad de obrar solo puede realizar actos jurídicamente válidos con el beneplácito de su tutor o curador, pero habría que ver la sentencia de incapacitación en concreto. Incapacidad no es minusvalía ni incapacidad laboral, si habla de incapacitado por sentencia, estos actos no serían validos en principio, pero la ley habla de actos nulos o anulables dependiendo también a quien perjudican, al firmante, a terceros...
Como ve es complicado responder sin conocer el caso concreto
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Si su incapacidad es para administrar sus bienes, la hipoteca y el aval sólo puede firmarla su tutor y, además, tienes que pedir previa autorización judicial.
Soy Francisco, abogado
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No, no podría de ninguna manera.Saludos
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Sí, en el caso de que tenga una incapacidad en el orden laboral. Creo que la consulta va dirigida a la incapacitación civil, es decir, persona que tiene mediante resolución del juez civil limitada o anulada su capacidad de obrar (de contratar, etc.). Esto último es materia que no llevamos en el despacho, por lo que recomiendo dirigirse a letrado especializado en procesos de incapacitación. Un saludo.
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Si es una incapacidad mental la que presenta, en ningún caso podrá hacerlo, salvo a través de un tercero autorizado en sentencia, que puedoría ser lo que usted pregunta. Quedo a su disposicion por si prefiere aclarar en una cita mas concretamente sus dudas. Un atento saludo
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Para poder contestar sería necesario saber que incapacidad tiene reconocida, si es meramente laboral (INSS, GVA) o esta incapacitada judicialmente para realizar actos de disposición. Puedo ponerse en contacto conmigo y le aclararé las dudas.
Saludos
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Depende si la incapacidad es total o parcial, es decir si se le ha declarado incapaz mediante un proceso de jurisdicción voluntaria en la misma Sentencia vendrá dispuesto si dispone de un tutor para todos sus actos o si sólo lo necesita para algunos de estos...
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Una persona incapacitada no puede firmar ningún tipo de contrato, so pena de declarar la nulidad de dichos documentos, Deberá firmar el Tutor previa Autorización judicial para otorgar dicho documento
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Depende de la fecha de la sentencia de incapacidad
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Necesita la autorización del juez que decretó la incapacidad.
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Los incapacitados no tienen consentimiento contractual. Arte. 1263 del código civil. Sería un acto anulable
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Coincido con los compañeros que le han respondido que dependerá del texto de la sentencia, si habla de incapacidad general y no concreta para qué actos está incapacitado no podrá firmar esos documentos por si mismo, por el contrario si en la sentencia detalla para qué está incapacitada esa persona podrá hacer todo aquello que no esté expresamente incluido en la sentencia
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Buenos días, poder puede, pero se puede declarar nulo de pleno derecho.
La cuestión es saber exactamente en qué condiciones, y cuándo lo firma, y si la parte que le ofrece la firma tiene o no conocimiento de su incapacitación legal. Partiendo de la existencia de una sentencia firme, o de unas medidas provisionales en vigor.
Me gustaría comentarlo con usted. Desde mi punto de vista, se puede acudir a la mediación extrajudicial y solucionarlo sin acudir a un pleito, caro, lento, costoso emocionalmente... etc.
En todo caso, desde mi punto de vista, con la escasa información facilitada, se puede anular dicha firma, pese a estar realizada, y solicitar responsabilidades, en su caso, a quien corresponda.
Estaré encantada de ayudarle en un asunto tan delicado, quedo a su disposición, un saludo atento, y mucha suerte.
Ana León GArrigosa
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Buenos días:
Una persona incapacitada judicialmente, no puede firmar ningún contrato, Solo si el juez autoriza al tutor éste puede suplir la capacidad del incapaz.
Saludos
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Buenos días. No puede si es una incapacitación total. Para ello el tutor necesitaría autorización judicial.
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