He firmado acuerdo con el banco por mi cláusula suelo ¿puedo reclamar la devolución de lo anterior?
Si usted es un consumidor y ha firmado un acuerdo con su Banco para que le quite la cláusula suelo puede tener la duda de saber si puede o no reclamar judicialmente si hay acuerdo previo.
Si usted es un consumidor y ha firmado un acuerdo con su Banco para que le quite la cláusula suelo puede tener la duda de saber si puede o no reclamar judicialmente a pesar de que exista un documento firmado por usted comprometiéndose a no hacerlo.
En estos casos, el Banco te ha obligado a firmar un documento en el que a cambio de que dejen de aplicarte la cláusula suelo, renuncias a hacer toda reclamación relativa a esta cláusula, o incluso el documento puede decir que fuiste informado debidamente sobre la cláusula suelo, cubriéndose así las espaldas de cara a una futura reclamación.
La legislación dice que la renuncia previa por los consumidores y usuarios a sus derechos es nula, es decir: es como si no se hubiese puesto. Por otro lado, hay que tener en cuenta que el acuerdo que se firma con el Banco es un contrato en sí mismo y como tal puede tener cláusulas abusivas y por lo tanto nulas como lo fuese la propia cláusula suelo. En concreto, la legislación dice que será nula toda cláusula de un contrato que imponga una "renuncia o limitación de los derechos del consumidor y usuario". Finalmente, hay que tener en cuenta que son nulas por abusivas las cláusulas que contengan "declaraciones de recepción o conformidad sobre hechos ficticios".
Por todo lo anterior, los Tribunales están entendiendo la reclamación del dinero cobrado indebidamente como consecuencia de la cláusula suelo puede reclamarse aun cuando el consumidor haya firmado un acuerdo renunciando a sus legítimos derechos, obteniéndose por ello sentencias satisfactorias a nuestros intereses, con devolución íntegra de las cantidades pagadas de más.