IRPH. El índice que no debe tener tu hipoteca
Analizamos qué es el IRPH y su posible abusividad que habrá de verse caso por caso. Qué características debe tener la cláusula para que no sea abusiva.
A raíz de la crisis de 2007 / 2008 el Euribor empezó a bajar, y las entidades que también se vieron "perjudicadas" acudieron al ofrecimiento del conocido IRPH para la concesión de préstamos.
La aplicación de éste índice el los préstamos, resultaba muy llamativo para los consumidores, que frente a la aplicación de otros índices, éste conllevaba un diferencias o tipos de interés más bajo.
Sin embargo, lo que no sabían, pues no se les informaba por parte de las entidades bancarias, es que ese índice era mucho más elevado que el Euribor. Y a pesar, de que éste último iba bajando, inclusive a llegar en negativo, el IRPH iba in crescendo.
¿Cómo puede ser eso? Lo de las entidades bancarias es evidente, no te quieren ayudar a crear tu hogar por vocación, sino porque con lo que te prestan ganan, y cuanto más mejor. Pero ahora en serio, ¿Porqué sube tanto el IRPH? Vamos a ver su composición.
El IRPH es la media simple del TAE de los préstamos bancarios ofrecidos por todas las bancas nacionales, excluyendo los préstamos a trabajadores de la banca (que se les aplica un interés más bajo) y a la viviendas de protección oficial (VPO), que se rigen unas normas más estrictas. Por lo que, incluyen la media del precio final de los préstamos hipotecarios más caros, excluyendo así los más económicos.
¿Qué incluye el índice? Pues incluye en índice de referencia que se utilice en cualquier préstamo, más el diferencial, más los gastos de apertura y comisiones propias de un préstamos. Por lo que, al solicitar un préstamo, ¡OJO CON EL ÍNDICE QUE NOS APLICAN! No sólo son las cláusulas suelos entre otras que nos pueden llegar a perjudicar. Sino que además tenemos que mirar el índice que nos aplican, pues debemos entender que nos pongan un índice que triplica a veces más el índice normal, no compensa. Además que es un índice que incorpora la media de intereses, gastos y comisiones de todos los préstamos más además los que luego nuestra entidad nos cobrará.
El índice se incluye en el ámbito de aplicación de las Directivas de cláusulas abusivas y serán los tribunales competentes los que declaren si se reúnen la claridad y comprensibilidad de la cláusula. El Propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que serán los propios Tribunales naciones quienes pueden llegar a la conclusión de la abusividad de dichas cláusulas y por lo tanto, sustituirlas por un índice legal aplicable de forma subsidiaria
En definitiva, no tengas prisas en hipotecarte, el banco no está obligado a asesorarte, así que lo mejor que puedes hacer es informarte bien, aunque sea con la ayuda de un profesional. De lo contrario puede salir muy muy caro, hasta llegar a lo abusivo. De hecho, se prevé que las entidades bancarias pueden llegar a sufrir 3000 millones de euros por la abusividad de la aplicación de éste índice.
Laura Hernando.
Abogada sénior en Rlaw Abogados.