¿Cómo puedo solicitar una prestación por invalidez?

Entrevista a Xavier Camps i Videllet, abogado del bufete Camps Advocats sobre la concesión de prestaciones por invalidez.

13 JUL 2015 · Lectura: min.
¿Cómo puedo solicitar una prestación por invalidez?

Xavier Camps, del bufete Camps Advocats, nos explica brevemente cuáles son los pasos que hay que seguir para solicitar una prestación por invalidez, ya sea por causas físicas o psicológicas.

¿Las personas son conscientes de que se les puede conceder la invalidez y cobrar una prestación de la Seguridad Social?

Por nuestra dilatada experiencia y dada la coyuntura económica que vivimos en la actualidad, la tendencia general es pensar que resulta muy complicado que la Administración conceda una prestación por invalidez.

Pero, ello es tan solo una impresión que resulta equívoca, atendiendo que la Administración está obligada a basarse en unos criterios puramente objetivos y técnicos, fundamentados en informes de expertos médicos que van a diagnosticar la realidad de la situación. Estos elementos van a ser fundamentales para configurar la situación real del paciente, su patología y así poder determinar y valorar objetivamente si su situación se circunscribe a alguna de las previstas por la norma.

¿De qué criterios estamos hablando?

Hay aspectos que la Administración va a valorar tales como si se ha producido una pérdida de ingresos o un exceso de gastos como consecuencia de la situación de infortunio o estado de necesidad concreto. Para estas situaciones la Seguridad Social prevé unas medidas de protección. Si dichas necesidades resultan probadas, y esa una de las funciones de nuestro bufete, la Administración concede, como regla general, una prestación de incapacidad.

¿Cómo se identifica a las personas susceptibles de disponer de esta prestación?

Cabe resaltar que las personas que acuden a nuestro bufete son conscientes de que viven una situación delicada, y que a consecuencia de una enfermedad están sufriendo una considerable disminución de ingresos dado que en la mayoría de los casos, dichas personas tienen que abandonar su empleo porque tienen dificultades para poder realizarlo y, además tienen que afrontar una serie de gastos para costear los tratamientos de sus enfermedades.

Básicamente analizamos dos elementos:

  • (i) que se padezca una enfermedad, y
  • (ii) que como consecuencia de la misma la situación económica y personal haya sufrido un menoscabo considerable.

¿Cuáles son los casos más frecuentes?

Los clientes que confían en nosotros, y por la larga experiencia en la resolución de los temas que llegan hasta nuestro bufete, podemos concluir que más allá de los temas relativos al ámbito laboral global, en el aspecto de los procesos de invalidez los clientes que requieren de nuestros servicios son personas que se encuentran en algunas de las situaciones siguientes:

  • (i) Personas que a causa de una enfermedad no están en condiciones para desempeñar las funciones de su trabajo habitual, y
  • (ii) Personas que son despedidas por la empresa para la que realizaban sus tareas profesionales a causa de padecer una enfermedad.

En definitiva, los clientes actúan de forma activa, porque son conocedores de su situación o pasiva porque es la misma empresa la que les obliga a iniciar un proceso.

Lo que en la mayoría de los casos apreciamos es que los clientes no son conscientes de las diversas prestaciones que podrían obtener a consecuencia de su situación de desempleo. Incluso, en el momento del despido sufren unas dolencias que podrían ser consideradas como causa de invalidez y no solicitaron en su momento ningún tipo de prestación por su desconocimiento.

Por ello, lo que aconsejamos es que las personas estén informadas desde un primer momento de sus derechos, y esa es una de las funciones de los abogados que están especializados en esta temática.

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¿Qué tipo de enfermedades son las que pueden favorecer la concesión de la invalidez?

Todas aquellas que provoquen una limitación tanto para el trabajo como para la vida cotidiana a la persona y a la vez sean catalogadas por los médicos especialistas como graves.

En ambos casos acuden a nuestro bufete varias tipologías, tanto físicas como psicológicas. Aunque no podemos hablar de un porcentaje fijo, sí que podemos indicar que como consecuencia de los cambios de ritmo de vida que estamos padeciendo en los últimos años, se ha incrementado considerablemente las derivadas de enfermedades psíquicas.

No obstante, podemos hablar de un porcentaje mayoritario hacia las patologías físicas, en una proporción del 70% frente al 30% de las psíquicas y ello es así por cuanto las patologías psíquicas, a día de hoy, todavía son desconocidas y existe poca información con respecto a sus efectos, por lo menos, en cuanto a prestaciones se refiere.

Una vez el cliente es consciente de que tiene un problema, ¿cuál es el procedimiento a seguir?

En nuestro caso, realizamos un trato eminentemente personal, ayudando a la persona por encima de cualquier otro aspecto. Eso comporta conocer a la persona, su situación, su patología, todo su proceso laboral, y a partir de ese momento le informamos de todos los pasos a seguir, acompañándolo durante todo el proceso e intentando minimizar el impacto que le puede ocasionar un proceso administrativo o judicial para obtener como resultado la consecución del objetivo: la declaración de invalidez.

Si dividimos el proceso en fases, serían las siguientes:

  • (i) Realizamos una entrevista personal con el fin de conocer la situación personal del cliente. En este mismo momento, analizamos la situación laboral con el fin de identificar las causas que podrían derivar en una invalidez.
  • (ii) En segundo lugar, analizamos los informes médicos aportados por el cliente para poder comprobar el alcance de la incapacidad y así realizar un cálculo aproximado de la posible prestación.
  • (iii) Posteriormente, analizamos y examinamos exhaustivamente los informes médicos que aporta el cliente.
  • (iv) Una vez concluido dicho proceso, realizamos una valoración general y orientamos a nuestros clientes de la forma más objetiva y sincera posible en base a sus circunstancias y posibilidades.

Entendemos necesario acompañar al cliente durante todo el proceso habida cuenta de que si finalmente, en la vía administrativa, no se obtiene la prestación interesada se deberá acudir a la vía judicial motivo por el cual, todos los pasos que hasta entonces se hayan realizado devendrán fundamentales. Nuestra base es la confianza, y buscamos la satisfacción del cliente.

¿Hasta qué punto los informes médicos son importantes a la hora de solicitar la invalidez?

Los informes médicos son la documentación y prueba más importante en un proceso de invalidez, tanto en vía administrativa como vía judicial, por cuanto dichos informes declaran la situación médica real de cada cliente desde un punto de vista profesional.

En este sentido, resulta esencial que los informes sean tanto de médicos especialistas como médicos de medicina general, así como que estén debidamente detallados. En base a dichos informes se determinará el grado de incapacidad y en consecuencia, el reconocimiento de una posible prestación.

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