Reclamación de salarios, conoce todas las opciones
Este es un problema actual en estos momentos de crisis: dejan de pagarnos el salario y no sabemos qué podemos hacer. Publicamos las pautas a seguir.
¿Qué opciones tenemos para la reclamación de salarios?
Desde Sopena & Associats aconsejamos dos opciones: la primera reclamar judicialmente y cuanto antes las cantidades debidas y la segunda cuando ya llevemos más de tres meses sin cobrar, solicitar judicialmente la extinción de nuestra relación laboral, reclamando ya no solo los salarios que nos deben sino también la indemnización que correspondería por un despido improcedente.
¿De qué plazo disponemos para hacer la reclamación de salarios?
Disponemos de 1 año desde el momento en que tendrían que habernos pagado y el empresario no lo hizo. Ante la lentitud de los Juzgados debido a la evidente saturación, recomendamos hacer la reclamación de salarios cuanto antes.
¿Qué procedimiento judicial debemos seguir?
La conciliación es el paso previo a toda demanda judicial.
Si el resultado de dicho acto de conciliación previa es negativo o no se ha podido llegar a un acuerdo interpondremos inmediatamente la Demanda Judicial ante el Juzgado competente. El juez valorará la prueba practicada y mediante Sentencia estimará nuestra demanda o no, estableciendo en caso positivo las cantidades adeudadas a las que debe hacer frente la empresa. En caso que una vez devenga firme la Sentencia la Empresa no pague, podremos solicitar la Ejecución de aquella resolución peticionando si es necesario el embargo de todos los bienes de la empresa.
¿Qué sucede si la empresa no paga? ¿Cómo recuperamos nuestras cantidades adeudadas?
El FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) responde en caso de impago de salarios y abona eso si con ciertos límites las cantidades debidas, en caso de declaración de insolvencia o procedimiento concursal y siempre que no existan viene susceptibles de embargo en la empresa.