Tipos de accidentes laborales
En la actualidad nos vemos sumergidos en una inmersa problemática del cual el empresario y el empleado no se ponen de acuerdo cuando sucede un accidente laboral ,
En la legislación española se consideran accidentes profesionales los siguientes:
- Los accidentes in itinere son considerado accidente laboral siempre que se produzcan en un recorrido directo entre el domicilio habitual y el puesto de trabajo o viceversa.
- Los accidentes de trabajo o profesionales, incluidos los in itinere, ocurridos como consecuencia del desempeño de cargos electivos o carácter sindical o de gobierno de entidades gestoras.
- Todos los accidentes que ocurran como consecuencia de las tareas ejecutadas por el trabajador en interés del buen funcionamiento de la empresa en cumplimiento de las órdenes del empresario, aunque sean distintas a las establecidas en su categoría profesional.
- Los ocurridos en actos de salvamento o de naturaleza similar cuando tengan conexión con el trabajo.
- Aquellas enfermedades, no catalogadas como enfermedad profesional, que se contraigan como consecuencia de la realización de la tarea profesional.
- Las enfermedades o defectos, incluso padecidas con anterioridad al accidente, que se agraven como consecuencia del mismo.
- Las enfermedades cardiovasculares, hemorragias cerebrales o similares cuando se producen como consecuencia del trabajo.
Por otra parte, no están considerados como accidentes de tipo laboral las siguientes excepciones:
- La imprudencia temeraria, aunque sí la imprudencia profesional.
- Los producidos mientras el accidentado esté cometiendo un acto doloso.
- Las enfermedades cardiovasculares, hemorragias cerebrales o similares que a pesar de producirse en el puesto de trabajo, no son consecuencia de la actividad profesional.