¿Cuáles son las consecuencias de no pagar la manutención a un hijo?

Son muchos los motivos que pueden llevar a un progenitor a no pagar la pensión alimenticia, pero ¿qué consecuencias legales acarrea esta acción?

17 MAR 2016 · Lectura: min.
¿Cuáles son las consecuencias de no pagar la manutención a un hijo?

En tiempos económicamente difíciles son muchos los progenitores que están pasando por el apuro de no poder pasar la manutención a sus hijos, aunque también los hay que aún pudiendo igualmente no lo hacen, pero ¿cuáles son las consecuencias de no pagar la manutención de un hijo?

Como en muchas otras ocasiones, una acción puede tener consecuencias penales o civiles, dependiendo de las circunstancias en las que se produzca la acción, en este caso el impago de la pensión de alimentos, por lo que evidentemente no debemos obviar que no es lo mismo no pagar por no poder que por no querer. Dicho esto, para que se den las consecuencias civiles sólo es necesario que no se cumpla con el pago fijado en la sentencia, sin embargo, para que puedan darse las consecuencias penales no basta con el impago, sino que además debe de ser un impago voluntario y reiterado, pudiendo el progenitor pagar la pensión pero no queriendo hacerlo.

Consecuencias civiles

Empezaremos hablando de las consecuencias civiles, que como ya hemos visto se derivan por el mero hecho de no pagar la pensión, sin pasar a analizar si se puede o no hacer frente a la misma, pues en este caso para el juez será indiferente que el impago sea o no voluntario. En el caso de que el impago no sea voluntario, antes de proceder al impago es preferible llegar a un acuerdo con el otro cónyuge para aplazar el pago de la pensión o incluso acudir al Juzgado que fijó la misma para solicitar que se baje la cuantía al haber cambiado las circunstancias económicas del progenitor, si no se trata de un problema económico transitorio o pasajero. Siempre y cuando podamos demostrar que las condiciones económicas de uno o de los dos progenitores han cambiado, es posible cambiar la cuantía de la pensión que se fijó en la sentencia de divorcio o de medidas paternofiliales. Esto es igualmente aplicable a los casos en los que las circunstancias económicas han cambiado a mejor, pues igual que el progenitor que debe pagar la pensión puede pedir que la misma se rebaje cuando sus circunstancias económicas han empeorado, también puede el progenitor que la recibe solicitar que se suba si las circunstancias económicas del otro han mejorado.

Por tanto, dada la facilidad de modificación de la cuantía de la pensión, en caso de impago de la misma el juez siempre condenará al pago de las cantidades adeudadas a través de embargo de los bienes, cuentas bancarias y/o nóminas o cualquier otro ingreso que tenga el deudor. Nunca se atenderá a motivos diferentes de la demostración de que se ha abonado la deuda en su integridad.

Consecuencias penales

En cuanto a las consecuencias penales se refiere, el artículo 227 del Código Penal establece que "el que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.(…)La reparación del daño procedente del delito comportará siempre el pago de las cuantías adeudadas". Eso sí, como hemos adelantado el impago debe de ser libre y consciente a pesar de tener los medios económicos para hacer frente al pago. Esto es así porque el delito de abandono de familia es un delito "doloso" o lo que es lo mismo, es un delito que requiere la voluntad de cometerlo, de lo contrario se estaría condenando a una pena privativa de libertad a alguien que no tiene medios económicos para cumplir con sus obligaciones, y además se le estaría imposibilitando el poder conseguirlos y terminaría por convertirse en un círculo vicioso del que el progenitor tendría muy difícil la salida.

En resumen, lo que este artículo quiere decir es que si el progenitor obligado al pago de la pensión de alimentos dispone de los medios para hacerlo pero no lo hace por voluntad propia, las consecuencias serán que tendrá que pagar las cantidades que deba, y además, dependiendo de la cantidad de mensualidades que haya dejado de pagar el juez le impondrá una pena de prisión de entre tres meses y un año, o una multa económica adicional a la cantidad que debe. Hemos de aclarar que la multa económica va a las arcas del Estado, no para el denunciante.

En cualquier caso, se trata de un delito que sólo es perseguible mediante denuncia del perjudicado, esto es, el progenitor que debe recibir la pensión o el propio hijo si es mayor de edad, por lo que aún siendo el impago voluntario podría darse el caso de que únicamente se produzcan consecuencias civiles porque el perjudicado reclame en la vía civil y no interponga una denuncia.

En conclusión, se pueden distinguir dos casos:

  • Impago voluntario: "no paga porque no quiere, pero sí puede". Las consecuencias pueden ser civiles o penales, según haya denuncia del perjudicado o no la haya. Si sólo hay reclamación por la vía civil las consecuencias se reducirán al embargo de bienes, cuentas bancarias y/o ingresos hasta cubrir la cantidad adeudada. Si hay denuncia, las consecuencias serán como en el caso anterior el embargo hasta cubrir la deuda y además, pena de prisión de tres meses a un año o una multa económica, dependiendo de la gravedad del incumplimiento.
  • Impago involuntario: "no paga porque no puede, pero sí quiere". Las consecuencias serán únicamente civiles, el embargo hasta cubrir la deuda, pues aunque se produzca la denuncia penal si el denunciado demuestra no tener bienes ni ingresos con los que afrontar el pago se le absolverá del delito. En caso de que se haya producido un empeoramiento de las condiciones económicas, que no sea pasajero o temporal, es altamente recomendable acudir al Juzgado que fijó la pensión para que se revise su cuantía.
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Escrito por

Jennifer Alarcón

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27 Comentarios
  • zaraida gallardo

    pero si no paga la manutencion y deja el trabajo para no pasar la manutencion sigue teniendo derecho de ver a su hijo segun lo estipulado en la sentencia?? teniendo en cuenta que esta en el penal de violencia de genero a la mujer y en ambito familiar. no veo normal que me diga que va a dejar de trabajar para no pasar la manutencion , ya que el vive con sus padres y todo lo que gana de su nomina se lo queda todo el, si el se niega en pasarme la manutencion sus padres se podrian hacer cargo de la manutencion digo yo . Espero respuesta un cordial saludo

  • AGUILAR JULIA

    El padre de mi hijo está demandó en comisaría, le fijaron un cuota para manutención y está pagando solo un 50% el reto no... acarrea alguna sanción o q puedo hacer para que pague lo fijado en la conciliación

  • Antonio Martín

    En la sentencia de divorcio, tengo una cláusula que dice. En el momento que ella esté trabajando se Le baja la cuantía de la manutención. ¡ Bien! Pues ella está trabajando sin contrato y sin da de alta para que la manutención no se la baje. ¿ Que puedo hacer? Tengo pruebas como que esta trabajando, como conversaciones de wapsa,....

  • Albaniris cruz

    Al papa de my hijo no me paga la manutencuon de mi hijo

  • Jose pastor pastor

    Hola tengo una situación muy estrema.me quede sin trabajo por cuidar de mi padre y tengo tres hijos mas .mi cuarta hija tengo que pasar manutención pero no puedo no cobro nada .estoy tres meses si poder pasar nada y por no poder pasar no me deja ver a mi hija .que puedo hacer ??

  • Julie reyes

    El padre de mi hija tiene sentencia de manutención y hace dos meses esta atrasado osea dos pagos, en este caso procede una demanda o ir a la fiscalía ?

  • Micaela Toralez

    Mis padres están separados, yo tengo 14 años y vivo con mi madre, su nueva pareja y mis tres hermanos, uno de mis hermanos es hijo de mi madre y su pareja, los otros dos de mi padre biológico. Hace mucho no vemos a mi padre, no sabemos el paradero de el ni en que condiciones vive. Yo quiero emanciparme ya que no deseo vivir más con mi madre, desde chica a mi y a mis hermanos nos golpeó y el daño fue tanto físico como psicológico a tal punto de que haga que yo intente suicidarme. Ya no creo aguantar demasiado y por eso quería irme a vivir con alguien más, este artículo lo estoy leyendo para saber si pueden contactar a mi padre aunque apenas lo conozca aunque ya tengo entendido que la emancipación tiene que ser concedida por los dos progenitores además de que tengo que ser mayor de 16 años. Ojala pudieran informarme o explicarme algo para ayudarme o darme más opciones que escaparme de mi casa, gracias.

  • Natali Flores

    Hola yo creo que estas leyes están muy mal pues el denunciado Ara cualquier cosa x probar q no puede aunque pueda xq lo único q ellos quieren es abandonar a sus hijos sin concecuencias

  • Nesbia Meléndez

    Mi hijo falleció y el padre le quedo debiendo 4 años de manutención!

  • IVER Chura yujra

    Hola tengo un problema similar me separe demi pareja por diferencias y tenemos una deuda en el banco por lo cual yo me estoy haciendo cargo y por más que no tengo trabajo fijo trato de conseguir dinero para el banco y hoy justo queria ber ami hija y me dijo que baya con 500 Bs más su leche eso es posible que nome deje ber ami hija porque no tengo dinero gracias


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