La mediación familiar
Explicamos el concepto de mediación y su importancia en la tramitación de divorcios de mutuo acuerdo.
Aprovecho este artículo para exponeros un proceso que, sin ser nuevo, es ahora cuando su práctica comienza a ser extendida en los despachos profesionales y tribunales. Me refiero con ello al proceso de mediación familiar como mecanismo de resolución de conflictos ante una crisis matrimonial.
Desde tiempos inmemoriales, cuando una pareja se ha visto avocada a la ruptura del vínculo matrimonial no ha tenido otra salida que afrontar un procedimiento judicial de divorcio en el cual, todas sus ilusiones de pareja han sido violentadas a golpe de decretos y autos judiciales carentes por completo de sentimiento alguno. Por no decir que dicho proceso, en el mejor de los casos, no habrá servido más que para obtener una sentencia que simplemente declare si veo a los hijos el jueves o el viernes o si la pensión de alimentos es de 50 euros más, o menos.
Con esta somera explicación trato de haceros entender que el esfuerzo económico y el desgaste personal que supone iniciar un procedimiento judicial de divorcio, en muchas ocasiones no es directamente proporcional a su resultado. Y lo que sí es seguro, que un juez nunca va a ser capaz de dictar una sentencia en la que ambas partes queden íntegramente satisfechas en todas sus pretensiones. Un juez de familia me dijo una vez: "si dos personas que llevan 10 o 20 años casadas, que se conocen a la perfección y no son capaces de ponerse de acuerdo, cómo pueden pretender que yo, que los conozco simplemente el día del juicio, llegué a ser capaz de encontrarles una solución que sea satisfactoria para ambas."
Pues bien, esta reflexión del juez es la esencia del proceso de mediación familiar. Es un proceso extrajudicial y voluntario, en el que ambos cónyuges con la ayuda de un mediador van a buscar alcanzar acuerdos satisfactorios para ambos y, una vez alcanzados, se remitirán al juzgado simplemente para que se declare el divorcio y se valide judicialmente los acuerdos adoptados respecto a sus hijos y bienes conyugales.
El mediador, mediante unas técnicas adquiridas en su periodo de formación, buscará que la pareja llegue a acuerdos motivados desde su propio convencimiento, sin intromisiones externas. La experiencia nos enseña que los acuerdos llegados en mediación son mucho más efectivos y las partes los cumplen por la sencilla razón de que llegaron a ellos desde su pleno convencimiento. Así por ejemplo, si un juez nos impone en sentencia ver a los hijos el jueves, ése será el día que veamos a los hijos, podamos o no podamos. En mediación, sin embargo, habremos podido prever que si por causa de nuestro trabajo el jueves es imposible estar con los niños, dicho día se trasladará al viernes. Como podéis ver, la mediación es más realista y previsora.
Pero, ¿qué invento es éste? ¿tiene alguna validez? Tal es el valor que se está dando a la mediación que los propios juzgados de familia en el momento que reciben una demanda judicial de divorcio, citan a las partes con día y hora, para que al menos acudan a una primera sesión de mediación a fin de que conozcan el proceso y decidan después, si continúan con la mediación o afrontan el proceso judicial de divorcio.
Como abogado y mediador titulado, me pongo a vuestra total disposición para ampliaros cualquier otra información al respecto.