Reclamacion sobrecoste de carburantes
Cepsa, Repsol y BP pactaron precios de hidrocarburos estableciendo prácticas ilegales y anticompetitivas en los carburantes de sus estaciones de servicio.
Cepsa, Repsol y BP pactaron precios de hidrocarburos estableciendo prácticas ilegales y anticompetitivas en los carburantes de sus estaciones de servicio. Así lo ha manifestado la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo al ratificar la sanción interpuesta por la Comisión Nacional de Competencia en 2009.
Este reconocimiento ha permitido abrir un proceso de reclamación para que los afectados puedan recuperar el sobrecoste cobrado indebidamente. La fijación indirecta de precios provoca que los precios máximos recomendados por el operador se conviertan en precios fijos, con lo que se limita la libertad del distribuidor minorista, eliminando la competencia entre las estaciones de servicio de su red y del resto.
¿Quiénes pueden reclamar?
El importe a reclamar dependerá del resultado final del informe pericial que es necesario realizar para presentarlo junto a la reclamación judicial, pero para hacer una estimación del sobreprecio que han soportado los empresarios durante estos 13 últimos años, según las primeras estimaciones realizadas por los peritos, lo sitúan en una media de al menos 4 céntimos por litro, alcanzado los 7 céntimos en el caso de alguna de las petroleras.
Los transportistas que repostaron en las estaciones de servicio de REPSOL, CEPSA y BP entre los años 2007 y 2020. Se estima que las cantidades a recuperar por vehículo son aproximadamente de entre 15.000 y 20.000 euros para vehículos pesados y de entre 2.300 y 3.000 euros para vehículos ligeros.
¿Cómo se inicia el proceso de reclamación?
Los afectados pueden reclamar este sobrecoste pagado en hidrocarburos con el despacho de Lexnor abogados. Para iniciar la reclamación solo debes ponerte en contacto con el despacho y entregar telemáticamente la documentación requerida.
¿Qué facturas deben aportarse para su reclamación?
Se podrán reclamar todas las facturas de consumos correspondientes a tarjetas de carburantes que se hayan repostado en Estaciones de Servicio, por lo que no se podrán reclamar facturas correspondientes a consumos en depósitos propios, ni tampoco facturas sueltas correspondientes a consumos individualizados
Es muy importante y conveniente que las facturas aportadas estén desglosadas, conteniendo el detalle de cada uno de los repostajes realizados en el periodo marcado en la propia factura.