¿Qué es la Responsabilidad Civil?

Qué es la Responsabilidad Civil y cómo funciona.

19 ENE 2011 · Última modificación: 13 ENE 2021 · Lectura: min.
¿Qué es la Responsabilidad Civil?

La Responsabilidad Civil es la obligación que tiene una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o por un equivalente monetario. Aunque por norma la persona que responde es la autora del daño, es posible que se haga responsable a otra persona, motivo por el cual sea denomina “responsabilidad por hechos ajenos".

¿Qué tipos de Responsabilidad Civil existen?

  1. Contractual: cuando la norma jurídica violada es una obligación establecida en una declaración de voluntad particular.
  2. Extracontractual: lo es cuando la norma jurídica transgredida es una ley y puede ser, a su vez, penal (si el daño fue debido a una acción tipificada como un delito) o si el daño se originó de forma involuntaria.

El principal objetivo de la Responsabilidad Civil es restablecer el equilibrio que había antes de sufrir el perjuicio entre el patrimonio del autor del daño y el patrimonio de la víctima. Tiene un aspecto preventivo que lleva a todos los usuarios o ciudadanos a actuar con prudencia para evitar poner en peligro su responsabilidad.

La Responsabilidad Civil se diferencia de la Responsabilidad Penal en que la persona responsable de causar los daños no deberá responder ante un único individuo en particular, sino hacerlo ante la sociedad en su totalidad. Además, para la Responsabilidad Penal, los perjuicios tienen un carácter social, ya que están considerados atentados contra el orden público, de carácter suficientemente grave como para ser reprobados. Las sanciones penales tienen una función puramente castigadora y solo buscan la prevención de manera accesoria, aunque sea a través de la intimidación, disuasión o rehabilitación del culpable.

La Responsabilidad Civil intenta asegurar a las víctimas la reparación de los daños privados que les han causado y trata de dejar todo en el estado en el que se encontraba antes del conflicto.

Según la ley con el acuerdo del artículo 1902:

“El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo por culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Si la obligación de indemnizar procede de un incumplimiento de un contrato, nos encontraríamos ante una responsabilidad civil contractual, como por ejemplo una reparación de un profesional mal efectuada. Por el contrario, si no existe contrato y causamos daños, nos encontraríamos ante la denominada responsabilidad civil extracontractual, como por ejemplo el daño producido a un vecino por un escape de agua.

Elementos de la responsabilidad civil

La responsabilidad civil exige la concurrencia de tres elementos:

  • Elementos personales. Se trata de la persona que provoca el daño y la que lo padece. La primera es responsable civilmente de la reparación, restitución o indemnización frente a la segunda.
  • Lesión. La lesión puede tener forma de incumplimiento contractual o de daño. 
  • Relación de causalidad. Es necesario que entre la acción u omisión de quien provoca el daño y la propia lesión exista una relación de causalidad. Así, nadie tiene por qué responder de daños fortuitos (salvo que su deber sea evitarlos) o de aquellos imprevisibles o inevitables.

Consecuencias de la responsabilidad civil

Si se determina la concurrencia de responsabilidad civil, el responsable deberá restituir el bien lesionado o reparar el daño causado. Cuando la restitución o reparación sean imposibles procederá una indemnización.

En nuestro ordenamiento jurídico rigen dos principios que resultan de aplicación:

La responsabilidad patrimonial universal determina que todo el patrimonio del civilmente responsable queda afecto al cumplimiento de una obligación. Es decir, si en este momento el responsable no dispone de suficientes recursos para pagar su culpa, seguirá obligado por este pago hasta satisfacerlo, aunque sea en el futuro.

El principio de restitución íntegra determina que el civilmente responsable debe dejar las cosas en el estado en que se encontraban antes de su intervención. Por eso se prefieren la restitución y la reparación a la indemnización. Y por eso la indemnización incluye:

  • Daños personales, patrimoniales y morales.
  • Daño emergente y lucro cesante.
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