¿Cómo recurrir multas de tráfico?

¿Te han multado y no sabes como recurrir a la anulación de la multa? Aquí puedes consultar todos los pasos.

14 AGO 2020 · Última modificación: 9 FEB 2021 · Lectura: min.
¿Cómo recurrir multas de tráfico?

Hoy, te explicamos todos los diferentes motivos por los que se pueden recurrir multas de tráfico y como hacerlo.

Entre los motivos más frecuentes tenemos los errores en los datos.

De hecho, si existe algún error en los datos de la multa, lo que se conoce como error de forma, es decir, si el nombre, apellidos o incluso la matrícula tienen una letra o número mal escrito. Prácticamente en todos los casos, las reclamaciones se aceptan e invalidan la multa. Por otro lado, también puede evitarse pagar la sanción si esta ha prescrito o si se solicita una prueba fehaciente de la infracción cometida y las autoridades no son capaces de demostrarlo. 

¿Cuándo se puede recurrir?

Para recurrir una multa se dispone de 20 días naturales, una vez se reciba la denuncia esta puede notificarse en el acto, ser publicada en el BOE, a través del DEV o puede ser notificada en nuestro propio domicilio. Si tienes dudas o quieres recurrir una multa puedes contactar con nuestros abogados especializados.

Si por el contrario decidimos no recurrir la multa, podemos acogernos al descuento del cincuenta por ciento que se nos aplicará al total de la sanción si realizamos el pago de la misma mediante la fórmula del pronto pago, es decir, si pagamos la sanción en el plazo de 20 días naturales desde que la denuncia nos fue notificada. El pago de la multa lo podemos realizar vía Internet; llamando al teléfono 060; en cualquier oficina de Correos; en cualquier sucursal de La Caixa; o en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico mediante tarjeta de crédito o débito.

¿Dónde y qué documentación presentar?

En el caso de que la sanción haya sido impuesta por un policía local, se deberá recurrir en el Ayuntamiento de la localidad donde haya sido impuesta. Para ello, lo primero que tenemos que hacer es solicitar en el Consistorio correspondiente un escrito de alegaciones. En este documento debemos rellenar los datos de la multa que nos ha sido impuesta, los datos del conductor o titular del vehículo y exponer en un breve texto los motivos que alegamos para evitar el pago de la multa.

Podemos acogernos al descuento del cincuenta por ciento si pagamos la sanción en el plazo de 20 días naturales desde que la denuncia nos fue notificada

Una vez cumplimentados todos estos datos, debemos registrar este escrito de alegaciones en la oficina de registro del ayuntamiento donde se nos ha sido impuesta la sanción, cuyos funcionarios enviarán la misma a la comisaría de policía local, donde tomarán la decisión definitiva a la misma, es decir, si aceptan nuestro recurso y nos libramos de efectuar el pago o si rechazan nuestras alegaciones y nos vemos obligados a abonar la sanción impuesta. Si por el contrario ha sido impuesta por la Dirección General de Tráfico debemos realizar la reclamación a la misma. 

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1 Comentarios
  • jose manuel lopez mendez

    me a multado en elpuerto de tapia de casariego-asturias,cuando el coche estaba estacionado en el muelle o puerto y el hecho es que pone por no tener la itv pasada ,aunque tenia fecha de proxima visita a la itv. en febrero y la multa es del 6 enero. remirado en internet y me pone que la guardia civil o trafico no pueden sanncionar en zona portuaria,podian darme solucion,la multa es de 200€

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