Sobre la pensión de alimentos, dudas frecuentes
¿Hasta cuándo se debe de abonar la pensión de alimentos? ¿Hay una edad límite fijada por la jurisprudencia?
Mucha gente cuando acude a un abogado por una separación, divorcio o medidas paterno-filiales se pregunta hasta cuándo deberá abonar la pensión de alimentos a los hijos, pensando que la respuesta es hasta que cumplan la mayoría de edad, pero no es así, el código Civil no especifica una edad máxima.
La respuesta más acertada es hasta que sean independientes económicamente, por lo que no hay una edad determinada. Normalmente, la pensión se solía extinguir cuando los hijos terminaban los estudios, prorrogándose hasta que encontraban trabajo, máximo 26 años. Pero hoy en día, con la elevada tasa de paro juvenil, al terminar los estudios no es fácil encontrar trabajo, no pudiendo ser independientes económicamente.
Tal es la situación actual de paro juvenil que el mismo Tribunal Supremo este año ha dictado varias sentencias sobre la obligación del progenitor de seguir pagando una pensión a hijos mayores de edad, incluso con 27 años y título universitario al carecer de trabajo e ingresos suficientes para ser independiente. En una sentencia del pasado enero recordaba la obligatoriedad de pagar esa pensión cuando la situación de dependencia "no es imputable" al hijo, como ocurre con la grave crisis que vivimos.
Así pues, la Audiencia Provincial de A Coruña en una Sentencia de 4 de julio (Rec. 141/2014) dispuso que, "Un título universitario no es garantía de encontrar trabajo", y tener 30 años y estar sin empleo "no puede considerarse parasitismo social".
Por todo ello, hoy es habitual encontrarse con pensiones alimentarias para los hijos hasta los 31 años. No obstante, siempre habrá que valorar y estudiar las circunstancias de cada caso en concreto.