El anteproyecto de la Ley de Servicios Profesionales contempla eliminar el examen de acceso a la abogacía
El Ministerio de Economía ha presentado un anteproyecto de la Ley de Servicios Profesionales que, entre otras medidas, prevé eliminar el examen de acceso que tenían que pasar todos los licenciados en Derecho para poder ejercer. Diferentes colectivos de abogados han manifestado ya su desacuerdo con este borrador por considerar que este examen les permitía equiparar su formación con el resto de países de la UE y, con ello, podían ejercer en el extranjero.
Seis años después de ser aprobada, la Ley de Acceso a la Abogacía – Ley 34/2006, de 30 de octubre- finalmente entró en vigor el pasado año 2012. Sin embargo, y si finalmente se aprueban los cambios que contempla el anteproyecto de la Ley de Servicios Profesionales presentado por el Ministerio de Economía, su vigencia habría sido inferior a un año.
La norma actual establece que los estudiantes que se licencien en el Grado de Derecho deberán cumplir tres requisitos imprescindibles para poder ejercer como abogados: realizar un máster de formación, cumplir un periodo de prácticas y superar un examen de ámbito nacional –similar al MIR que tienen que aprobar los estudiantes de Medicina una vez acabada la carrera-.
Una aprobación que provocó que multitud de universidades y centros de estudios empezaran a ofrecer los correspondientes másteres –cuyo coste oscila entre los 2.000 y los 6.000 euros en las universidades públicas y los 20.000 en los centros privados- y cursos de preparación del examen. Por ello, si pese al tortuoso camino que siguió la ley para ser aprobada, finalmente se deroga, se prevé un descontento notable tanto entre las instituciones que han creado los cursos como entre los propios estudiantes que los han comenzado.
De hecho, el Consejo General de la Abogacía Española valoró muy positivamente la Ley porque suponía el reconocimiento de una reivindicación histórica del colectivo de los abogados españoles respecto a los del resto de la UE –España era el único país en el que no se exigía ningún tipo de examen para poder ejercer como letrado o procurador una vez finalizados los estudios de Derecho, lo que suponía una traba importante para que éstos pudieran establecerse y trabajar en otros países-.
No obstante, la eliminación del examen no es el único punto conflictivo del anteproyecto de ley ya que también contempla otras medidas como la reducción del número de Colegios Oficiales, el que la obligatoriedad de colegiarse se limite sólo a los abogados que ejerzan su labor ante los jueces o que los decanos puedan sufrir incompatibilidades en el ejercicio de directivos y abogados.
Foto: Belmonte Torres