MODOS DE PARTICIÓN DE HERENCIA
Modos de partición de la herencia 1. Lo dispuesto por el propio difunto cuya muerte trae a razón la herencia. Así lo establece el artículo 1.056 del Código Civil, en
Modos de partición de la herencia
1. Lo dispuesto por el propio difunto cuya muerte trae a razón la
herencia. Así lo establece el artículo 1.056 del Código Civil, en
cuanto no perjudique a la legítima de los herederos forzosos.
2. Acudir a la figura del contador-partidor, que será la persona a
la que corresponderá determinar qué bienes, derechos y
obligaciones concretas son adjudicadas a cada coheredero. Así lo
dispone el artículo 1.057 del Código Civil. Designado por el
testador. Si en el testamento no se hubiere designado a este
contador-partidor, el Secretario Judicial o el Notario, a petición de
herederos o legatarios que representen, al menos el 50% del
haber hereditario.
3. Simplemente que los coherederos se pongan de acuerdo en
cómo realizar la partición de la herencia.
4. Los herederos podrán instar un procedimiento judicial
específico, regulado en los artículos 782 a 789 Código Civil, al
efecto de que la autoridad judicial resuelva sobre la división de la
herencia.
Modos de partición de la herencia
1. Lo dispuesto por el propio difunto cuya muerte trae a razón la
herencia. Así lo establece el artículo 1.056 del Código Civil, en
cuanto no perjudique a la legítima de los herederos forzosos.
2. Acudir a la figura del contador-partidor, que será la persona a
la que corresponderá determinar qué bienes, derechos y
obligaciones concretas son adjudicadas a cada coheredero. Así lo
dispone el artículo 1.057 del Código Civil. Designado por el
testador. Si en el testamento no se hubiere designado a este
contador-partidor, el Secretario Judicial o el Notario, a petición de
herederos o legatarios que representen, al menos el 50% del
haber hereditario.
3. Simplemente que los coherederos se pongan de acuerdo en
cómo realizar la partición de la herencia.
4. Los herederos podrán instar un procedimiento judicial
específico, regulado en los artículos 782 a 789 Código Civil, al
efecto de que la autoridad judicial resuelva sobre la división de la
herencia.
Modos de partición de la herencia
1. Lo dispuesto por el propio difunto cuya muerte trae a razón la
herencia. Así lo establece el artículo 1.056 del Código Civil, en
cuanto no perjudique a la legítima de los herederos forzosos.
2. Acudir a la figura del contador-partidor, que será la persona a
la que corresponderá determinar qué bienes, derechos y
obligaciones concretas son adjudicadas a cada coheredero. Así lo
dispone el artículo 1.057 del Código Civil. Designado por el
testador. Si en el testamento no se hubiere designado a este
contador-partidor, el Secretario Judicial o el Notario, a petición de
herederos o legatarios que representen, al menos el 50% del
haber hereditario.
3. Simplemente que los coherederos se pongan de acuerdo en
cómo realizar la partición de la herencia.
4. Los herederos podrán instar un procedimiento judicial
específico, regulado en los artículos 782 a 789 Código Civil, al
efecto de que la autoridad judicial resuelva sobre la división de la
herencia.Modos de partición de la herencia
1. Lo dispuesto por el propio difunto cuya muerte trae a razón la
herencia. Así lo establece el artículo 1.056 del Código Civil, en
cuanto no perjudique a la legítima de los herederos forzosos.
2. Acudir a la figura del contador-partidor, que será la persona a
la que corresponderá determinar qué bienes, derechos y
obligaciones concretas son adjudicadas a cada coheredero. Así lo
dispone el artículo 1.057 del Código Civil. Designado por el
testador. Si en el testamento no se hubiere designado a este
contador-partidor, el Secretario Judicial o el Notario, a petición de
herederos o legatarios que representen, al menos el 50% del
haber hereditario.
3. Simplemente que los coherederos se pongan de acuerdo en
cómo realizar la partición de la herencia.
4. Los herederos podrán instar un procedimiento judicial
específico, regulado en los artículos 782 a 789 Código Civil, al
efecto de que la autoridad judicial resuelva sobre la división de la
herencia.
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