Profesionales que no lo son: el intrusismo
En una economía neoliberal, en la que impera la ley de la selva, en la que parece que todo vale, hay un mal que está haciendo estragos: el intrusismo profesional.
Estamos en una época de adoración al libre mercado, que a algunos les ha llevado a confundir lo que es la sana y deseable libre competencia, basada en unas reglas claramente establecidas e iguales para todos, con una desregulación del mismo, y la conversión de la sociedad en una auténtica selva. Eso último no sólo no es deseable, sino que es el síntoma más evidente de una sociedad enferma (que confunde libertad con ausencia de reglas) y condenada a su autodestrucción.
El intrusismo es, precisamente, una manifestación de esto último que hemos dicho. Afortunadamente, el CP continúa sancionando el intrusismo. Comprobemos su literalidad.
Artículo 403:
"1.El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses.
2.Se impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años si concurriese alguna de las siguientes circunstancias:
a)Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido.
b)Si el culpable ejerciere los actos a los que se refiere el apartado anterior en un local o establecimiento abierto al público en el que se anunciare la prestación de servicios propios de aquella profesión."
Por tanto, si has acudido a un supuesto "profesional" que luego no lo era, no dudes en denunciarlo. Eliminar del mercado este tipo de individuos no sólo es tu derecho como consumidor, sino también tu deber como ciudadano. De este modo, nos garantizaremos que sólo aquéllos que han demostrado superar los requisitos exigidos por el Estado, están plenamente capacitados para ejercer la correspondiente profesión. Se podría discutir si las pruebas que establecen las autoridades estatales son suficientes o están bien planteadas, pero eso sería ya cuestión de un análisis exhaustivo, atendiendo a las particularidades propias de cada profesión. En cualquier caso, que ello jamás sirva de excusa para dudar sobre el perjuicio real y efectivo que produce, a cualquier sociedad, la existencia del intrusismo profesional.