¿Puedo devolver productos en rebajas si los he comprado con anterioridad a su inicio?
Después de la Navidad es frecuente pretender devolver el típico regalo que no nos termina de gustar, que no es de nuestra talla, o que ya tenemos.
El primer aspecto a tener en cuenta es que los establecimientos no tienen obligación de efectuar devoluciones de productos que cumplan con las características anunciadas y se encuentren en perfectas condiciones.
Sólo en el supuesto de las ventas a distancia (es decir, contratación telefónica, compra online, etc.) tendrá el vendedor obligación de conceder a los consumidores un plazo de desistimiento de al menos catorce días.
Sin embargo, hoy en día la práctica totalidad de los establecimientos ofrece a sus clientes la posibilidad de devolver el producto adquirido dentro de un determinado plazo.
Las condiciones de este desistimiento deben estar claramente anunciadas, ya sea en el propio establecimiento, ya sea en la factura o ticket de compra.
Las exclusiones a la posibilidad de devolución o desistimiento deben estar, de igual modo, expresadas con claridad en las condiciones.
La posibilidad y condiciones de devolución de productos dependerán, por tanto, de las condiciones de compra de cada establecimiento. Salvo, como hemos indicado, en el supuesto de la venta a distancia.
Por tanto, no existe impedimento para los establecimientos a la hora de limitar las devoluciones durante los períodos de rebajas. Éstos, si lo indican expresa y claramente en sus condiciones de compra, podrán vetar la posibilidad de devolución de los productos adquiridos en rebajas o saldos.
En el supuesto de que el establecimiento permita los cambios o las devoluciones, y salvo que expresamente indique lo contrario, no habrá inconveniente a la hora de ejercer estos derechos si se adquirió un producto antes del inicio de período de rebajas y se pretende su devolución una vez iniciado éste.
El consumidor recibirá el importe que desembolsó con la adquisición del producto, independientemente del precio, superior o inferior, que tenga éste en el momento de la devolución.
Esto lleva, a menudo, a que algunos consumidores devuelvan productos adquiridos con anterioridad a las rebajas para comprarlos nuevamente a precio reducido. Nada impide, en el ámbito legal, esta práctica. Sin embargo, tampoco hay impedimento para los comerciantes a la hora de limitar esta práctica mediante condiciones específicas en su política de devoluciones.
En definitiva, todo consumidor tendrá derecho de desistimiento en las compras que efectúe a distancia; mientras que, en el supuesto de la venta física, este derecho sólo existirá en aquellos establecimientos que expresamente lo reconozcan, y se encontrará sometido a las condiciones y limitaciones que éstos indiquen.